El juicio oral y público contra el periodista Alfredo Guachiré Medina avanza hacia su etapa final, tras su inicio el pasado 21 de abril de 2026. El proceso fue promovido por la gerente general de la empresa Frutika y se desarrolla ante un Tribunal de Sentencia unipersonal presidido por la magistrada Lourdes Peña.
La querella se basa en supuestos hechos de calumnia y difamación vinculados a publicaciones realizadas por el periodista en 2023, tanto en el medio digital El Independiente como en sus redes sociales. La parte acusadora sostiene que dichos contenidos habrían afectado el honor y la reputación de la representante empresarial.
Durante el desarrollo de las audiencias, la defensa técnica de Guachiré, a cargo de la defensora pública María Sol Samaniego, planteó que el caso excede una controversia de carácter privado y se inscribe en el ámbito de la libertad de expresión y de prensa. En ese sentido, argumentó que las publicaciones cuestionadas fueron realizadas en el ejercicio de la labor periodística y bajo el amparo de normas constitucionales y estándares internacionales.
La defensa expuso que parte del contenido difundido consistió en la reproducción de informaciones provenientes de otros medios de comunicación y de testimonios de pobladores, así como en documentos oficiales cuya autenticidad según indicó no ha sido controvertida en el proceso. En consecuencia, sostuvo que el debate jurídico no se centra en la veracidad de dichos documentos, sino en determinar si un periodista puede informar sobre asuntos de interés público bajo parámetros de verificación razonable y buena fe.
En esa línea, se invocó la doctrina de la “real malicia”, desarrollada en el sistema interamericano de derechos humanos, según la cual la responsabilidad ulterior de un comunicador solo se configura cuando se acredita que actuó con conocimiento de la falsedad o con negligencia grave respecto a la veracidad de la información. La defensa sostuvo que este estándar resulta aplicable al caso, atendiendo a que las publicaciones abordaban temas considerados de interés público, como la seguridad alimentaria, el comercio internacional y actuaciones de instituciones estatales.
Asimismo, se afirmó que corresponde a la parte querellante demostrar la existencia de “real malicia”, extremo que según la defensa no ha sido acreditado hasta el momento. En ese contexto, advirtió que una eventual condena podría implicar la aplicación de un criterio incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Durante el juicio, también prestó declaración como experta en derechos humanos y libertad de expresión Alejandra Peralta Merlo, convocada por la defensa del periodista. El proceso continúa en su fase final, a la espera de los alegatos conclusivos y la posterior resolución del tribunal.

