Tribunal confirma a Estigarribia y descarta apartarlo del caso “Mafia de Pagarés”
La Cámara de Apelación concluyó que la recusación planteada por la defensa de Patricia Parodi no encuadra en las causales legales y responde a un desacuerdo procesal.
El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción resolvió mantener al juez Rodrigo Estigarribia al frente del proceso conocido como “mafia de pagarés”, al rechazar la recusación promovida por la defensa de Patricia Parodi.
Los abogados habían solicitado el apartamiento del magistrado alegando afectación a la imparcialidad, tras el rechazo de un recurso de reposición relacionado con el inicio de la audiencia preliminar y la incorporación de pruebas por parte del Ministerio Público.
Según la defensa, la Fiscalía presentó evidencias varios meses después de formular la acusación, lo que —a su criterio— vulneraría el derecho a la defensa y garantías constitucionales vinculadas al debido proceso. En ese contexto, invocaron el artículo 50, numeral 13, del Código Procesal Penal como causal de recusación.
Fundamentación de la Cámara
Los camaristas concluyeron que los argumentos expuestos no se ajustan a las causales previstas por la ley para apartar a un juez. Señalaron que la audiencia preliminar quedó suspendida tras la presentación de la recusación, por lo que no se produjo un perjuicio concreto.
Asimismo, sostuvieron que la discrepancia con decisiones jurisdiccionales adoptadas en el marco de la dirección del proceso no constituye motivo válido para cuestionar la imparcialidad del magistrado.
En consecuencia, el Tribunal determinó que los fundamentos presentados carecen de sustento jurídico suficiente y que el juez Estigarribia debe continuar interviniendo en la causa, que permanece en etapa preliminar.

