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martes, febrero 18, 2025

Jueza revoca arresto domiciliario del primer imputado en usar tobillera electrónica

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La jueza Penal de Feria de Luque, María Cecilia Ocampos revocó el arresto domiciliario y resolvió la prisión preventiva de Alberto Segovia imputado por violencia familiar y que gozaba de arresto domiciliario y el primero en utilizar la tobillera electrónica. El hombre habría violado las  condiciones impuestas por la magistrada.

El hombre fue beneficiado el 8 de enero pasado con el arresto domiciliario, tras ser imputado por violencia familiar por parte de la ahora ex pareja, hecho ocurrido en Areguá.

Según la revocación del arresto domiciliario, en fecha 13 de enero de 2024, la agente fiscal interviniente presentó otro escrito en el que formuló las siguientes manifestaciones: “…en fecha 13 de enero de 2025, se presentó ante esta representación fiscal, la víctima y denunciante en la presente causa y manifestó que realizó una denuncia ante la Comisaria N° 38 – Yukyry de la ciudad de Areguá, en donde manifestó que se siente con mucho temor, y que su vida corre peligro, ya que desde el día en que fue beneficiado Alberto Segovia con arresto domiciliario está siendo amenazada y amedrentada por el mismo. La presente comunicación se realiza al efecto de que el Juzgado Penal de Garantías tome conocimiento de lo acontecido al efecto de constatar si el supuesto autor de violencia familiar ha violado o no lo resuelto”.

Por su parte, la Comisaría en cuestión, ha informado que en fecha 11/01/2025 la víctima de este caso ha formulado una denuncia ante esa dependencia (cuya copia se adjuntó), en la que se relatan actos de amedrentamiento, ocurridos en fecha 10/01/2025, por parte de una persona identificada como Ronaldo Agüero Verón (empleado del imputado), con lo cual se constata que, efectivamente se ha producido hechos nuevos, posteriores al dictamiento de las medidas alternativas, lo cual genera que la situación procesal del incoado haya variado, puesto que implica –como se detallará a continuación que el peligro de obstrucción actos de investigación en este caso, a esta altura, se halla latente.

“En conclusión, habiéndose incorporado información nueva y relevante a la causa que sustenta la existencia del peligro de obstrucción a actos concretos de investigación, corresponde revocar el arresto domiciliario de Alberto Segovia Martínez, y, en consecuencia, dictar la prisión preventiva del imputado, que la deberá cumplir en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, en libre comunicación y a disposición de este Juzgado”, sostiene la jueza Ocampos en su revocatoria.

 

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