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viernes, mayo 1, 2026

Renuncia director jurídico del IPS tras polémica por presunto cobro indebido de honorarios

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José González dejó el cargo en medio de cuestionamientos por millonarios pagos vinculados a acuerdos extrajudiciales y una fiscalización abierta por la DNIT.

El abogado José González presentó este miércoles su renuncia al cargo de director jurídico del Instituto de Previsión Social (IPS), en medio de una controversia relacionada con el supuesto cobro indebido de honorarios profesionales.

La dimisión fue tratada y aceptada por el Consejo de Administración del IPS durante su sesión ordinaria, según informaciones difundidas por la periodista Irma Oviedo, del diario Última Hora.

La salida de González se produce tras una denuncia presentada ante el Ministerio Público por el senador Rafael Filizzola, quien solicitó investigar presuntas irregularidades vinculadas a acuerdos extrajudiciales y pagos millonarios que, según los cuestionamientos, se habrían realizado sin contratos vigentes.

Uno de los puntos centrales de la polémica es el cobro de G. 412 millones por parte del ahora exdirector jurídico, quien argumentó que el monto correspondía a honorarios derivados de un juicio ganado por el IPS contra el Consorcio Hotelero Sudamericano. González sostuvo que actuó como receptor de los honorarios de un equipo legal que participó en el litigio.

En paralelo, el 26 de febrero la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) inició de oficio una fiscalización sobre su situación, en el marco de las denuncias que rodean el caso.

Documentos a los que accedieron medios de prensa señalan que desde la Dirección Jurídica del IPS se habrían autorizado pagos a proveedores utilizando el rubro 915 (Gastos Judiciales). Según el análisis preliminar, existiría un esquema de pagos que alcanzaría los G. 87.595.252.265, presuntamente utilizado para canalizar acuerdos extrajudiciales sin el correspondiente control judicial.

Este punto genera especial cuestionamiento debido a que el Ministerio de Economía, mediante el dictamen N.º 18/2023, estableció que el pago de deudas extrajudiciales solo puede realizarse cuando exista una sentencia firme de homologación judicial.

Las presuntas inconsistencias entre las resoluciones administrativas del IPS y las normas presupuestarias vigentes forman parte de los elementos que actualmente se encuentran bajo análisis en el marco de las investigaciones abiertas.

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